LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA (UIFO) SE CREA EN JUNIO DE 2018
La UIFO es el órgano gestor y asesor del Consejo de la Facultad de Odontología (FO) con el fin de diseñar, evaluar, monitorear y ejecutar políticas institucionales para el desarrollo de la Investigación Científica (IC) de calidad.
Estará integrada por 9 miembros designados por mayoría simple de votos en el Consejo de la FO.
Cinco de los miembros tendrán voz y voto: Decano de la FO, Director de la Escuela de Graduados de la FO (EGFO) y tres delegados por las áreas: básica, clínica y epidemiológica, con reconocida trayectoria en IC
Los otros cuatro miembros tendrán solamente voz: el becario o ayudante de la CSIC y los tres representantes del cogobierno (estudiante, egresado y docente).
Exceptuando los puestos ocupados por el Decano y el Director de la EGFO, los demás miembros durarán 2 años en sus cargos pudiendo ser reelectos por un solo nuevo período consecutivo.
La Comisión será presidida por el Decano de la FO, en caso de ausencia por su alterno y en caso de ausencia de ambos por el Director de la EGFO.
4.1 Llevar un registro actualizado de las actividades, proyectos e infraestructura de investigación en la FO. Específicamente debe:
4.11 Asesorar a la EGFO y a la Comisión Académica de Posgrado de la FO (CAPFO) en la creación de nuevas salidas para los posgrados académicos de acuerdo a las necesidades que se identifiquen.
5.1 La Comisión deberá designar un Coordinador que rotará anualmente y se encargará de:
5.2 Se establecerá un mínimo de una reunión semanal de trabajo.
5.3 Se preverán dos reuniones plenarias anuales con la CAPFO, o cuando la UIFO lo crea necesario, a los efectos de articular las acciones de ambas comisiones.
5.4 Se preverán dos reuniones anuales con otros organismos de la FO vinculados a la IC tales como el Dpto. de Publicaciones, la Comisión de Ética, la Comisión de TFC, el Servicio de Epidemiología y Estadística de la FO, Unidad de Cooperación y otros.
5.5 El Director de la EGFO o su alterno será el encargado de actuar como nexo entre ambas comisiones.
5.6 Las resoluciones de la comisión serán adoptadas por mayoría simple de los votos
5.7 El quórum mínimo para el funcionamiento de la comisión será de tres integrantes con voz y voto, debiendo de ser al menos uno de ellos el Decano, su alterno o el director de la EGFO o su alterno.
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