Se encuentra disponible en la página de Dirección General de Jurídica, la última actualización de la Ordenanza de Licencias, referente a la modificación del Art. 21 literal b.
Las funcionarias madres tendrán derecho a que se les reduzca a la mitad del horario de trabajo durante los seis meses siguientes al parto, a los efectos del cuidado de su hijo. En estos casos la jornada no podrá superar las cuatro horas diarias. La modificación refiere a una ampliación del plazo de reducción horaria hasta los veinticuatro meses de edad del niño, dependiendo de dos factores:
- En caso de amamantar a su hijo, debe acreditar la lactancia con certificación médica.
- En los casos que el niño requiera cuidados especiales, debe acreditarse con certificación médica.